A continuación se explica si el seguro de la comunidad puede reclamar un pago a un propietario.
Reclamaciones del seguro de la comunidad
Un tema muy recurrente en las comunidades de propietarios es si el seguro de la comunidad debe hacerse cargo de reparaciones de incidencias realizadas por los propietarios de las viviendas o si por el contrario el seguro puede reclamar el pago de la reparación a los propietarios.
Si un vecino causa un daño a la comunidad y la aseguradora indemniza a la misma y paga el daño causado, la aseguradora dispone de la posibilidad de ejercitar la acción subrogatoria del artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro. Este artículo dota a la aseguradora a dirigirse y reclamar el importe correspondiente al responsable del daño.
El vecino no puede oponerse, ya que él es al mismo tiempo asegurado (porque forma parte de la comunidad), y no puede pagar él al seguro que paga el daño cuando el vecino es parte de la comunidad, y, por tanto, parte de los asegurados.
El artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal expone la obligatoriedad de los vecinos de de mantener en buen estado sus elementos privativos y de las prohibiciones de uso de los elementos comunes o privativos que dañen a la comunidad.
¿Qué ocurre en estos casos?
Atendiendo a sentencias previas del Tribunal Supremo, se dictamina que en estos casos el vecino causante de los daños no es asegurado sino tercero responsable. Por ello se puede reclamar contra él por lo pagado por la aseguradora.
Es decir, si un vecino causa daños en la comunidad se considera como tercero responsable y no como asegurado. El asegurado es la comunidad. El seguro podrá pagar y subrogarse en el lugar de la comunidad ante el causante de los daños reclamando el pago correspondiente.
Hasta aquí se ha explicado si el seguro de la comunidad puede reclamar un pago a un propietario. Si te ha gustado esta noticia visita el blog para seguir informado de las últimas noticias publicadas.
Kadra Comunidades ofrece un módulo de documentación. Desde casa y con cualquier dispositivo puedes consultar la normativa vigente de la comunidad. Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros aquí.
Si no te quieres perder ninguna noticia apúntate para estar al día: