Salvaescaleras en una comunidad de vecinos

Kadra Salvaescaleras

A continuación se explica todo lo referente a la instalación de salvaescaleras en una comunidad de vecinos.

¿Qué es un salvaescaleras?

Es habitual que edificios antiguos cuenten con barreras arquitectónicas para personas con dificultades de movilidad. Estas situaciones no solo afectan a personas con movilidad reducida sino también a personas que necesitan, por ejemplo, transportar un carro de bebé.

Los desniveles en las entradas de los edificios o un número reducido de escalones hasta llegar al ascensor es un problema habitual en las comunidades de vecinos. En estos casos, esta clase de barreras pueden resolverse mediante la instalación de una plataforma salvaescaleras. Esto consiste en un sistema mecánico que permite que personas que necesitan usar una silla de ruedas puedan superar el desnivel existente de los escalones.

¿Es obligatorio eliminar las barreras arquitectónicas?

Desde la entrada en vigor de la Ley de accesibilidad universal en 2017, es obligatorio que las comunidades de vecinos adecuen los espacios comunes de los edificios para personas con problemas de movilidad reducida. Además, la Ley de Propiedad Horizontal obliga a las comunidades de vecinos a suprimir las barreras arquitectónicas que sean un impedimento para la libertad de movimiento de las personas que viven allí.

La Ley de Propiedad Horizontal establece que los propietarios que pueden solicitar la instalación de soluciones de accesibilidad deben cumplir los siguientes requistios:

  • Que vivan o trabajen en el edificio.
  • Personas que hagan uso del edificio y tengan alguna discapacidad.
  • Personas mayores de 70 años.

¿Quién se hace cargo de los gastos de instalación?

La Ley de Propiedad Horizontal establece que si el total de la instalación no supera las doce mensualidades de gastos comunitarios, esta obra no requiere votación en junta de propietarios. En caso de exceder dicha cantidad se debe llevar a votación y en caso de no obtener mayoría, la diferencia con el coste lo debe asumir la persona que haya solicitado la reforma. Por su parte, la comunidad de vecinos pondrá el importe equivalente a las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Se debe tener en cuenta que el calculo de los costes es posterior de haber restado las subvenciones y ayudas para este tipo de instalaciones en caso de que las hubiese.

Hasta aquí se ha explicado todo lo referente a la instalación de salvaescaleras en una comunidad de vecinos. Si te ha gustado esta noticia visita el blog para seguir informado de las últimas noticias publicadas.

Kadra Comunidades ofrece un módulo de documentación. Desde casa y con cualquier dispositivo cualquier vecino puede consultar la documentación relacionada con la comunidad vigente en cada momento. Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros aquí.

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