A continuación se explican los cambios que deben realizarse en la calefacción central en comunidades de vecinos.
¿Qué es la calefacción central?
Un sistema de calefacción central se caracteriza porque la misma fuente de calor da servicio a varias viviendas, normalmente a todas las existentes en un mismo bloque. Los sistemas por calefacción central tienen algunas características que los distinguen de los sistemas de calefacción individuales:
- La caldera no se encuentra en el interior de la vivienda sino que se sitúa en una zona común del edificio, normalmente en el cuarto de instalaciones.
- El periodo de calefacción (cuando se enciende y cuando se apaga) se debe acordar mediante votación en junta de propietarios.
- El coste de mantenimiento de una caldera comunitaria suele ser más ventajoso ya que al dar servicio a un número mayor de viviendas, las comercializadoras ofrecen mejores tarifas.
- Tradicionalmente, este sistema ha sido menos eficiente que los sistemas de calefacción individual.
Históricamente, el sistema de calefacción central era el que se instalaba en los bloques más antiguos de las ciudades. Poco a poco la tendencia y las nuevas leyes para la mejora del rendimiento energético, llevó a que cada vivienda contase con su propio sistema de calefacción individual.
¿Qué va a ocurrir con los sistemas de calefacción central?
Con el objetivo de mejorar el rendimiento energético, el Gobierno publicó en el BOE del 6 de agosto de 2020 un Real Decreto mediante el cual se pretende regular la instalación de contadores individuales en aquellos edificios con sistema de calefacción central.
Según esta publicación se establece la obligatoriedad de individualizar los contadores en los edificios con sistemas de calefacción centralizados.
¿Qué dice la normativa al respecto?
La nueva normativa obliga a las comunidades de vecinos a instalar contadores individuales así como válvulas termostáticas en todas las viviendas que lo requieran. Además se establece que el responsable de aplicarlo es el titular de la instalación de calefacción, normalmente las comunidades de vecinos.
La normativa debe aplicarse en todos los edificios con sistemas de calefacción central construidos antes de 1998, año en que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Las construcciones posteriores a este año ya tienen la obligatoriedad de instalar contadores de calefacción individuales.
¿Existe alguna exención?
Quedan exentos de la instalación de contadores individuales aquellos edificios que se sitúan en las zonas con temperaturas más cálidas del país (islas, zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta y Melilla). Existen además exenciones por motivos económicos. En aquellos casos en que el coste de la instalación a realizar no se compense con el ahorro generado en cuatro años no están obligados a acogerse a esta norma. Además, si la instalación térmica del edificio es de tipo monotubo en serie quedará exenta de instalar contadores o repartidores de costes de calefacción. Por el contrario, si la instalación es de ventiloconvectores o aerotermos, no será necesario instalar repartidores de calefacción pero si deberán instalarse contadores de calefacción.
¿Cuáles son los plazos para realizar la instalación?
La normativa establece el 1 de mayo de 2023 como fecha límite, para el apagón definitivo de la calefacción central con consumos comunitarios en España. Para llevarlo a cabo se establece un calendario para regular su puesta en marcha de manera gradual.
La norma establece dos plazos: primero, la fecha límite para obtener al menos un presupuesto a una empresa instaladora regulada por el RITE para la realización de la adecuación de la instalación al Real Decreto y, segundo, la fecha límite para tener activa la instalación, que será siempre 15 meses después.
Hasta aquí se han explicado los cambios que deben realizarse en la calefacción central en comunidades de vecinos. Si te ha gustado esta noticia visita el blog para seguir informado de las últimas noticias publicadas.
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