¿Qué es el título constitutivo de una comunidad?

Kadra Título Constitutivo

A continuación se explica qué es el título constitutivo de una comunidad de propietarios.

Título constitutivo

El título constitutivo es la escritura mediante la cual se formaliza la Ley de Propiedad Horizontal. El propietario del edificio es el encargado de realizar la inscripción del título constitutivo en el Registro de la Propiedad con anterioridad a la venta de los locales y pisos. Esta acción suele realizarla el promotor de encargado de la construcción del edificio.

El título constitutivo tiene como finalidad principal los siguientes aspectos:

  • Definir las limitaciones existentes en el edificio.
  • Identificar si un elemento común es de uso privativo o común y quien debe hacerse cargo de las reparaciones en caso de ser necesario.
  • Modificar el uso de una finca (por ejemplo de local a vivienda).

¿Cuál es el contenido del título constitutivo?

Según lo establecido en el artículo 5de la Ley de Propiedad Horizontal el título constitutivo debe contener lo siguiente:

  • Descripción de cada inmueble en su conjunto, cada uno de aquéllos al que se asignará número correlativo. La descripción del inmueble debe incluir la situación hipotecaria y los servicios e instalaciones con que cuente el mismo. La de cada piso o local expresará su extensión, linderos, planta en la que se encuentre y los anejos, tales como garaje, buhardilla o sótano.
  • En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.
  • El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.

¿Se puede modificar el título constitutivo?

Las modificaciones del título constitutivo pueden hacerse por el dueño único del edificio antes de la venta de las viviendas, por un acuerdo en junta de propietarios o mediante una resolución judicial.

En caso de que las modificaciones se realicen mediante junta de propietarios es necesaria su aprobación por unanimidad. Según lo descrito en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, para conseguir la unanimidad no es necesaria la asistencia de todos los propietarios del edificio.

Hasta aquí se ha explicado qué es el título constitutivo de una comunidad de propietarios. Si te ha gustado esta noticia visita el blog para seguir informado de las últimas noticias publicadas.

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